Nueva visión del asunto del nuevo Obispo Miguel Pomar, Canónigo Lectoral de la Colegial de esta ciudad, en representación del Vicario Capitular de la Diócesis malagueña en fecha 27 octubre remite escrito al Corregidor poniendo graves reparos al terreno elegido y especifica:
Al final solicita un nuevo reconocimiento de los terrenos proponiendo que asistan al mismo todos los profesores de medicina de la ciudad y también y a costa del clero, los de Málaga y Granada, si fuese necesario, y si estos deciden que el terreno de la cañada de la Pólvora es el más idóneo, prestará todo su apoyo y colaboración. Finalmente propone, reconociendo que se incumple la ley enterrando los cadáveres en las iglesias, que sirvan como provisionales
“los cementerios extramuros de Santa María y San Isidro y el monte del Reloj”.
El Corregidor se niega a proseguir con la discusión y le manifiesta que se siente ya sin autoridad para entrar en contestaciones con él y que solo desea impulsar aquellas acciones que estén encaminadas realmente a acelerar la construcción.
Continúan los requerimientos reiterados a la Junta de Diezmos y a la de Propios para el cumplimiento de las obligaciones económicas que les restan, plasmándose en diligencias todos los requerimientos, silencios y negativas de estos organismos.
Paralelamente, las diferentes corporaciones viendo el suceder de los hechos y la prohibición de enterramientos en las iglesias, acceden a regañadientes pero cada vez con más frecuencia a solicitar terrenos en el interior de la zona de cementerio amurallada para el enterramiento de sus fieles, así Luis García Romero, Hermano Mayor de la Hermandad de Ánimas de la iglesia parroquial de San Sebastián, solicita quince varas cuadradas para el enterramiento de los sacerdotes en el nuevo cementerio, el veintiocho de octubre de 1830.
Orden del Consejo Supremo de Castilla
El 29 octubre de 1830, se recibe una orden del Consejo Supremo de Castilla firmada por el Secretario de Gobierno Manuel Abad, para que se proceda al alzamiento de la retención de las 650 fanegas de trigo pertenecientes a la Cilla Decimal, en base a que el Señor Fiscal considera que el efectivo aportado ya por dicha entidad equivale al valor del trigo retenido. Defensa del Corregidory respuesta del ObispoEl día 12 de noviembre de 1830, el Corregidor Fernando Reynoso, contesta en un extenso escrito al remitido por el Vicario Capitular Juan José Bonell y Orbe sobre su desacuerdo con el terreno elegido y entre otras cosas le dice:
“que precisamente la elección del terreno ha sido la causa principal de que el cementerio aun no esté principiado, y que en 1804, cuando sufrió la ciudad el contagio de la fiebre amarilla, se hizo uso por la Junta de Sanidad de tres enterramientos para sepultar los cadáveres. Fueron estos, el de Los Pingorotes a la salida de la Puerta de Estepa, el del Salvador en el recinto de las antiguas murallas y el de San Isidro el Viejo, que es un corral arruinado ahora, sito en el lugar y calle despoblada donde estuvo la suprimida Parroquia de este santo.
Tras el paso de la enfermedad, se estudió la posibilidad de realizar un cementerio para precaverse de tales males y desechando por malos terrenos el de las murallas (El Salvador) y San Isidro, solo quedó por útil el de los Pingorotes, dándosele comisión a José Casasola (ya difunto), al arquitecto alarife del ayuntamiento y al medidor para que demarcasen un terreno conveniente. Nuevas proposiciones entorpecieron este negocio hasta que el 20 de julio de 1820, por un regidor y el Capitán de Navío Francisco Peri, dos médicos, un cirujano, un profesor de matemáticas y un segundo piloto de alturas, se hizo un nuevo reconocimiento y se señaló una haza al lado del Cerro de la Cruz, bajando desde la puerta de Granada para el camino del Callejón de Mancha, continuándose el expediente para principiarse la obra, pero por dificultades presentadas por la Junta de Diocesana sobre escasez de fondos detuvieron los progresos.
En dicho expediente, se desechaban los otros lugares ya citados de enterramientos, por inconveniencias de dominación y aires sobre la población.
Quedó así este negocio hasta que recibida Real Orden el 22 de noviembre de 1828, puse en consideración de la Junta de Sanidad la necesidad de construir un cementerio extramuros, con arreglo a la normativa sobre la materia y más, ante la epidemia que se declaraba en Gibraltar. Así fue que en acta de 2 de enero de 1829, visto el expediente y la Instrucción General de Sanidad de 14-1-1825, se pasó a reconocer sitio adecuado para ello y la junta convocada resolvió en 18-1-1829, que el lugar propicio era el de la Cañada de la Pólvora. Se remitió lo actuado a la aprobación del Ministro Comisionado D. Teotimo Escudero, quien en oficio de 24 de mayo de 1829 se sirvió aprobarlo.
Enseguida se trató de fondos y la Junta de Diezmos presentó los motivos que le parecieron suficientes para no concurrir a la obra con el caudal de fábricas y enterado de ello el señor ministro Comisionado mandó el 24 de julio siguiente que lo hiciesen los partícipes con la mitad de lo que importase. Pasado algún tiempo se le recordó a la junta esta resolución y contestó el 19 de septiembre dando razones a su favor sobre la escasez de fondos y criticando el lugar elegido.
Todos estos antecedentes e incidencias que fueron ocurriendo, fueron vistos por el Real y Supremo Consejo de S.M. y el señor Ministro ordenó en vista de todo, que poniéndome de acuerdo con el Obispo de la Diócesis, dispusiese que la Real Junta de Diezmos de la misma, contribuyese en el término de quince días con la cantidad que le correspondiese para la construcción de la cerca y pasado sin haberlo hecho, retuviese yo la parte de diezmos en la cantidad que considerase bastante a cubrirla y continuase la obra dándole cuenta semanalmente.
De todo lo dicho se infiere, que el sitio del Reloj, fue desechado desde veinticinco años a esta parte para colocar allí el cementerio. Que el Consejo de Castilla no estimó por bastante las razones que en su favor expuso la Junta de Diezmos, después de haber sido señalado, aprobado y comprado el de la cañada de la Pólvora.
Atendidos todos estos antecedentes ¿cómo era posible entrar en la misma cuestión presentada por el Canónico Lectoral, apoyada en igual sentido y con los propios fundamentos que de nada han servido a la Junta de Diezmos?. El lugar elegido es cosa ya articulada y juzgada favorablemente, y que por este motivo no he podido acceder a la propuesta del señor Miguel Pomar, Canónico Lectoral de esta Santa Iglesia”.