domingo 19 mayo 2024
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Sancionan al Maygar Balonmano Antequera con 600 euros por los incidentes del partido ante el Torrevieja

 

Tras el lamentable incidente que se produjo el sábado 28 en el “Fernando Argüelles” durante el transcurso del partido entre el Maygar Balonmano Antequera y el Torrevieja, cuando el árbitro expulsó al portero del conjunto alicantino, Pejanovicy este se enzarzó en una discusión con un sector de la grada que provoco que el jugador del Torrevieja, Basic agarrara por el pecho a un joven de la segunda fila y lo arrastrara hasta la cancha, dejando atónitos a todos los presentes que se dieron cita en el “Argüelles”.

 

Pues bien,  la cosa no ha quedado ahí, ya que según nos comunica el vicepresidente del Balonmano Antequera Rafael Martínez, el Comité de Competición de la RFEBM ha enviado una notificación donde  sancionan al Club Balonmano Antequera, porque el público increpó a un jugador del Torrevieja.  

A continuación mostramos la notificación enviada al Club del Comité de Competición: 

Para su conocimiento y efectos oportunos, por la presente les notificamos que este COMITÉ NACIONAL DE COMPETICIÓN, en su reunión celebrada el día antes indicado, ha dictado la resolución cuyo texto literal es el siguiente: 

ENCUENTRO MAYGAR-BM. ANTEQUERA – C.BM. TORREVIEJA (DHE263.- 28/04/2012).- 

A). Sancionar al jugador del equipo C.BM. TORREVIEJA, D. Dimitrije PEJANOVIC, con la SUSPENSIÓN DE CUATRO ENCUENTROS OFICIALES conforme al artículo 33,apartados D) y E), del RGto. De Régimen Disciplinario, por desconsideración grave de hecho hacia un contrario y agresión a espectadores sin producir lesión alguna, concurriendo la circunstancia atenuante de provocación suficiente recogida en el artículo 8.1 del mismo Reglamento.

 B). Sancionar al club BALONMANO ANTEQUERA con MULTA DE SEISCIENTOS UN EUROS (601,00 €) conforme al artículo 50.B) del RGto. de Régimen Disciplinario, por coacción de varios espectadores a uno de los jugadores del equipo contrario. 

Contra esta resolución, cuya ejecución es inmediata desde el momento de su notificación sin que las reclamaciones o recursos interpuestos contra las mismas paralicen o suspendan su ejecución de no entenderse lo contrario por el órgano competente, se podrá interponer recurso ante el COMITÉ NACIONAL DE APELACIÓN, en el PLAZO MÁXIMO DE DIEZ DÍAS HÁBILES a contar desde el siguiente a la recepción de la presente notificación, y previo pago de CIEN EUROS (100,00 €) en concepto de tasa por la interposición del recurso, que se abonará mediante la remisión de un cheque unido al escrito recurso. Todo ello según el artículo 109 y en la forma prevista en el artículo 111, ambos del Rgto. de Régimen Disciplinario. 

Igualmente, y de conformidad con lo dispuesto en el párrafo 3º del art. 53 de dicho Reglamento, por la presente se les REQUIERE para que el importe de las sanciones económicas impuestas a ese club en dicha resolución lo depositen en la Tesorería de la R.F.E.BM. en el PLAZO IMPRORROGABLE DE DIEZ DÍAS, a contar desde el siguiente día hábil a la recepción de esta misma notificación, mediante giro postal, cheque debidamente conformado y a nombre de Real Federación Española de Balonmano, trasferencia bancaria o ingreso en metálico en la cuenta corriente, c.c.c. 2100.4113.81.2200042849 de la oficina de La Caixa, sita en el nº 27 de la calle Ferraz de Madrid o en su defecto, podrá ser de aplicación lo dispuesto en el párrafo 2º del referido art. 53.

Más información en nuestra edición impresa de «El Sol de Antequera» del sábado 5 de mayo.

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