El 24 de julio y en vista de que la Junta de Diezmos no aporta lo debido tras los reiterados requerimientos efectuados, el Corregidor obedeciendo lo ordenado por el Secretario de Gobierno, decide retener 650 fanegas de trigo del depósito de aquella, equivalente al importe de 26.650 reales que dicha Junta debía aportar.
El 27 de agosto de 1830, se diligencian las actas de presentación de los oficios solicitando estas aportaciones monetarias a la Junta de Diezmos, a través de la Cilla decimal de esta ciudad. Estas peticiones se hacen ante los señores Manuel de Corpas y Maqueda, Racionero de la Iglesia Colegial y Juan Gutiérrez Correa, cura de la iglesia auxiliar de San Miguel, hallándose en esos momentos también en las citadas oficinas Manuel Díez de Tejada, canónico, Francisco de Paula Díaz, canónico doctoral y Sebastián Maqueda y Castillo, racionero, los tres del Cabildo de la Iglesia Colegial, haciéndose constar en la redacción del acta que quedaban todos enterados de la presentación de dichos oficios, manifestando dichas personas que contestarían en dos horas.
La Sala Capitular de esta ciudad, contesta en base a los requerimientos reflejados, que se le dé plazo de seis a ocho días, en espera de contestación de la Junta de Diezmos que ya habría recibido orden del Prelado, para obrar en consecuencia. Prosiguen los oficios cruzados entre el Corregidor y los fieles de la Cilla Decimal, finalizando con la orden de aquel al Regidor Perpetuo y Alguacil Mayor de Campo José Delgado y Fernández, para llevar a efecto la retención dispuesta, lo que ejecuta el 28 de agosto, reteniendo 650 fanegas de trigo, que constituyó en depósito de los señores Fieles Administradores de Diezmos, Juan Gutiérrez Correa y Manuel Corpas.
El Corregidor, acto seguido, ordenó a estos administradores la venta de dicho trigo para obtener dinero en efectivo, a lo que se negaron estos hasta tanto tuvieran consentimiento de la Junta Decimal que les facultara para poder ejecutar dicha operación de venta.
El Corregidor, tras esta negativa, les hace responsables de la paralización de las obras y da cuenta al Ministro Comisionado de la actuación de los administradores, quienes le contestan:
que ellos son depositarios del trigo porque así lo ha ordenado la comisión, pero sin autorización de la Junta de Diezmos no pueden intervenir en su venta. Su intervención dicen, consistirá tan solo en exigir recibo de entrega cuando se les reclame el producto.
No obstante, lo anterior y ante la tensa situación entre Corregidor y Administradores de la Cilla Decimal, hacen estos una propuesta para evitar daños a los participes de Diezmos y a la Hacienda Real con la venta judicial del trigo, y dicen
que entregarán al día siguiente al depositario Manuel de Moya la cantidad de 4.000 reales, (lo que finalmente efectúan) y que continuarán con otras entregas hasta el total de 10.000 en el plazo de un mes, que es lo que ha entregado la Junta de Propios, y si ésta en el futuro no entrega más, a ellos tampoco puede pedírseles que lo hagan.
La Real Junta de Diezmos, tras la retención del trigo ejecutada por orden del Corregidor, ataca con dureza al mismo, le acusa de incumplir las leyes, de no comunicar con el Obispo como debía y le anuncia su recurso.
Detalle de lasobras realizadas
No obstante la guerra documental entre Corregidor y Administradores de la Junta de Diezmos, con exigencias y negativas continuas entre uno y otros, la construcción continua a medida que se van recibiendo fondos y el 11 de septiembre de 1830 se detalla la ejecución de las mismas y se especifica:
“que ya se han excavado y sacado 1.104 pies cúbicos de tierra en 163 varas de longitud y fabricados cimientos, de piedra y mezcla, en 202 varas de la cerca del cementerio. Se continúa en las labores de arrimo de piedras y ladrillos, que en beneficio de la empresa, se proporcionan sin más costo, que el porte y derribo, desde unos antiguos edificios ruinosos (el matadero) y abandonados torreones de la parte Alta de la ciudad. De piedra, hay 243 quintales conducidos y también 3.400 ladrillos”.
El 21 de octubre se oficia a los Administradores de Diezmos para que aporten más dinero, contestando estos que ya han aportado 5.000 reales al depositario y aún no se ha levantado por parte del Corregidor el embargo de las 650 fanegas de trigo. A esto último, se replica que se levantará el embargo si se presenta una fianza por persona que posea las cualidades que exige la ley, para que ésta vaya aportando las cantidades necesarias a su debido tiempo. Finalmente se entregan 600 reales al depositario Manuel Moya el 4 de octubre de 1830.
En esta misma fecha está ya concluida el traslado de la piedra Jaspe que ha de servir para la portada, concretándose en 63 piedras para ella y cuatro piezas más para los cuatro ángulos, en un total de 38 cargas de carreta desde una distancia de tres cuartos de legua, que hay desde la cañada de Pesquera al cementerio, importando todo 798 reales. Se vuelve a oficiar y a requerir, el 7 de octubre, a los Administradores de Diezmos para que aporten 3.800 reales que faltan. Estos entregan 1.000 y ruegan se le aplace el resto por no disponer de más.