domingo 28 abril 2024
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Tras los continuos ataques, ¿se mantiene la Constitución?

En diciembre de 1978, mediante Referéndum que registró una aplastante mayoría favorable, los españoles elegíamos, libremente, la Constitución vigente. Sus «padres» fueron personas notorias, formadísimas, de todo el espectro político español, con lo que no se excluía ninguna opción, contando incluso con un grupo de expertos en redacción y lenguaje, que revisaron su texto gramaticalmente para que fuera correcto.

Lo que los españoles, en inmensa mayoría, aprobamos eran las reglas por las que habíamos de regirnos. Valdría la pena recordar algunos de los primeros Capítulos, que dicen: Artículo 1. 1. España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político. 2. La soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado. 3. La forma política del Estado español es la Monarquía parlamentaria.

Artículo 2. La Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles, y reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas.

Artículo 3. 1. El castellano es la lengua española oficial del Estado. Todos los españoles tienen el deber de conocerla y el derecho a usarla. 2. Las demás lenguas españolas serán también oficiales en las respectivas Comunidades Autónomas de acuerdo con sus Estatutos. 3. La riqueza de las distintas modalidades lingüísticas de España es un patrimonio cultural que será objeto de especial respeto y protección.

Artículo 4. 1. La bandera de España está formada por tres franjas horizontales, roja, amarilla y roja, siendo la amarilla de doble anchura que cada una de las rojas. 2. Los Estatutos podrán reconocer banderas y enseñas propias de las Comunidades Autónomas. Éstas se utilizarán junto a la bandera de España en sus edificios públicos y en sus actos oficiales.

Artículo 5. La capital del Estado es la Villa de Madrid.

Artículo 6. Los partidos políticos expresan el pluralismo político…

Artículo 8. 1. Las Fuerzas Armadas, constituidas por el Ejército de Tierra, la Armada y el Ejército del Aire, tienen como misión garantizar la soberanía e independencia de España, defender su integridad territorial y el ordenamiento constitucional.

Artículo 9. 1. Los ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico»… Etcétera.

Haciendo una sencilla reflexión ¿se respetan esas normas, repetimos que votadas y aceptadas libremente por una gran mayoría de españoles? ¿Cómo se consienten los continuos «pellizcos» que se le dan?

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