El pasado día 12, en el artículo publicado en El Sol referente a las distinciones que otorga el Ayuntamiento con motivo del día de Andalucía, se contiene la siguiente información: «la petición presentada por varias colectivos sobre Gerardo García Sobrino, se ha decidido dejarla para el año que viene, ya que la solicitud fue presentada fuera de plazo y estaba cerrado el cupo de este año, todo ello según fuentes municipales».
En primer lugar, desconozco cuáles son la fuentes municipales que se citan en el artículo, por ello no puedo cuestionar su credibilidad.
Por el contrario, sí pretendo con estas consideraciones aclarar ciertos extremos. Todo ello con la exclusiva pretensión, de al menos, dejar pública constancia de las muestras de solidaridad de todos los implicados en este tema, y por encima de todo, acreditar que nuestra petición no adolece de defectos formales ni de otra índole.
La iniciativa de esta propuesta de nombramiento la integran la Agrupación de Cofradías de Semana Santa de Antequera, Cofradías de Gloria, Parroquias, Conventos, la comunidad educativa de la ciudad mediante la adhesión de numerosos Colegios e Institutos, así como, más de 180 personas físicas que con sus firmas la avalan.
El dossier correspondiente, se presentó el pasado día 12 de enero en el registro general del Ayuntamiento, dirigido como no puede ser de otra manera, a la Comisión de Honores y Distinciones del Excelentísimo Ayuntamiento. Dicha Comisión es la que tiene la potestad del estudio de las propuestas presentadas, a fin, de que una vez valoradas las mismas se propongan al Pleno para la concesión de las distinciones correspondientes.
Desconozco si dicha Comisión ha tenido conocimiento de nuestra iniciativa.
El trámite de este tipo de expedientes está regulado en el Reglamento de Honores y Distinciones y, a lo largo de sus 29 artículos, no se establece plazo de presentación alguno.
Ignoro cuáles han sido los motivos por los que no se ha tenido a bien nombrar Hijo Adoptivo de la Ciudad a don Gerardo García Sobrino, ya que, al margen de la acreditada trayectoria personal en beneficio de la comunidad y otros méritos laborales que en esta persona concurren, lo único que se exige para tener derecho a este título es no ser natural de Antequera. No limitándose además en ninguno de sus artículos el número de Hijos Adoptivos que se pueden conceder, y en consecuencia, no es existe cupo en este sentido.
Por lo demás, este año nadie ha sido acreedor de esta distinción.