viernes 22 noviembre 2024
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Gerimar resume las medidas económicas para las empresas dictadas por el Gobierno para paliar las consecuencias del COVID-19

Juan Manuel Rivera de Asesoría Gerimar nos hace llegar esta importante información para empresarios y trabajadores:

 

«Desde que se inició la Alerta Sanitaria el Gobierno ha dictado muchos Decretos que afectan tanto a la población en general como al tejido económico y empresarial del país, y que ha generado incertidumbre e inseguridad a las empresas, ya que se han ido dictando a impulsos y nunca sabían lo que iba a pasar el día siguiente. Las medidas que afectan a las empresas y autónomos serían en resumen las siguientes:

– RESPECTO A LOS TRABAJADORES:

Las empresas a las que afectó el primer Decreto de cierre de comercios minoristas y otras actividades desde la entrada en vigor de la Alerta Sanitaria, han podido acogerse a un ERTE para sus trabajadores con lo que los trabajadores pasarían a cobrar el desempleo.

También podrían solicitarlo las empresas que acrediten que no les sirven suministros o que han visto reducidos sus ingresos significativamente.

A partir del día 30 de marzo, se dictan otros Decretos endureciendo las medidas de confinamiento y por tanto todos los trabajadores de las empresas afectadas y que no prestaran servicios esenciales deben dejar de trabajar. En este caso ya no se puede tramitar ERTE ni DESPIDOS, por lo que lo que se concede a los trabajadores es un permiso (en teoría recuperable), y han de seguir pagando las nóminas y la SS la empresa como si estuvieran trabajando. Posteriormente se puede pactar con las empresas recuperar los días perdidos, algo que en muchas ocasiones será imposible hacerlo hasta final de año; entre otras cosas porque no sabemos el tiempo que va a mantenerse esta situación.

 

 

RESPECTO DE LOS AUTONOMOS
Los autónomos afectos al primer Decreto de cierre de negocios podrán tramitar el cese de su actividad y acogerse a la exención de la Seguridad Social del Autónomo del periodo de cierre (si ya lo han abonado podrán solicitar devolución) y solicitar la prestación por cese de la actividad.

El resto de los Autónomos también podrán solicitar el cese de actividad y prestación pero acreditando que los ingresos le han disminuido significativamente, pero en este caso han de acreditar esta circunstancia.

Para las empresas que no hayan cerrado se ha aprobado también unas moratorias y unos créditos para que las empresas y autónomos puedan hacer frente a sus obligaciones, pero eso si, han de pagarlos, ahora o después pues se trata de moratorias y no de condonaciones que es lo que piden las empresas».

 

 

 

 

 

Información básica para el coronavirus
·Teléfonos exclusivos para el Covid-19 “coronavirus: 900 400 061 y 955 54 50 60 (Salud Responde).

· No usar el 061 ni el 112: Las autoridades piden que no se llame a esos números porque colapsan las centralitas e impiden la atención de otros casos en los que hay una urgencia vital. Los números a los que hay que llamar para consultar dudas y hacer preguntas sobre el coronavirus son el 900 400 061 y el 955 54 50 60 (Salud Responde).

· Qué es el coronavirus: Virus que circulan entre animales, pero que algunos pueden afectar a los humanos, el nuevo se identificó en China a finales de 2019.

· Los síntomas: Fiebre, tos y sensación de falta de aire.

· Prevención: Lavar las manos frecuentemente. Evitar tocar los ojos, la nariz y la boca. Al toser, cubrir la boca con un pañuelo desechable o contra el brazo con el codo flexionado. Con síntomas respiratorios, evitar el contacto próximo con otras personas.

· Con síntomas: No acudir al Hospital, sino llamar a los teléfonos indicados: 900 400 061 y 955 54 50 60 (Salud Responde).

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